La Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) derogó su Resolución N° 187/2025, aprobada en enero de este año, por la cual había establecido el Baremo para la evaluación médica de invalidez de las Pensiones no Contributivas por Invalidez Laboral.
La decisión, contenida en la Resolución N° 1172/2025 publicada este 13 de mayo en el Boletín Oficial, se tomó por el rechazo y las observaciones que recolectó por parte de las organizaciones de defensa de los derechos de las personas con discapacidad por la utilización de términos como “idiota”, “débil mental” e “imbécil” para calificar a las personas con discapacidad intelectual.
Desde el organismo público se especificó que se abocará a la elaboración de una nueva propuesta que actualice los criterios técnicos y metodológicos para la evaluación de la invalidez laboral.